{"id":11314,"date":"2024-12-30T14:24:15","date_gmt":"2024-12-30T13:24:15","guid":{"rendered":"https:\/\/samantharadionline.com\/?p=11314"},"modified":"2024-12-30T14:24:15","modified_gmt":"2024-12-30T13:24:15","slug":"indultos-para-enfermos-terminales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/2024\/12\/30\/indultos-para-enfermos-terminales\/","title":{"rendered":"Indultos para enfermos terminales"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-medium-font-size\"><em>Para los que han mostrado un comportamiento ejemplar durante su tiempo en prisi\u00f3n<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Ram\u00f3n Cruz Benz\u00e1n, <strong>Santo Domingo, RD<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Diversos sectores reclaman, ante la gran cantidad de presos que sufren de enfermedades terminales y propias del hacinamiento en las c\u00e1rceles dominicanas, que se aplique el indulto presidencial, una figura presente en la Constituci\u00f3n, pero que no se aplica desde 2012.<\/p>\n\n\n\n<p>La Fundaci\u00f3n Institucionalidad y Justicia (FINJUS), el Defensor del Pueblo, la Direcci\u00f3n Nacional de Defensa P\u00fablica y el juez del Tribunal Constitucional (TC), Jos\u00e9 Alejandro Vargas, favorecen la aprobaci\u00f3n en el pa\u00eds de la referida Ley de Indultos que permita evaluar y dar salida a muchos de esos privados de libertad.<\/p>\n\n\n\n<p>Servio Tulio Casta\u00f1o Guzm\u00e1n, vicepresidente ejecutivo de Finjus, manifest\u00f3 que el indulto presidencial est\u00e1 contemplado en la Constituci\u00f3n y que en el Congreso Nacional reposan proyectos en los que la Finjus ha participado.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostuvo hay que saber regular los indultos presidenciales y determinar en qu\u00e9 casos proceder\u00eda, para evitar des\u00f3rdenes y situaciones que se puedan cuestionar, como ha ocurrido en el pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs verdad que en todo proceso hay v\u00edctimas, eso es verdad, pero muchas veces se dan situaciones en donde se impone el indulto\u201d, enfatiz\u00f3 el jurista Casta\u00f1o Guzm\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>Consider\u00f3 que alrededor de los indultos se han construido muchos mixtos y generalmente los presidentes sobre todo de pa\u00edses como Rep\u00fablica Dominicana le temen conceder para evitar que baje su nivel de popularidad en determinados sectores.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, entiende que ese es un mandato constitucional en el que muchos casos hay que concederlos, aunque en los casos de drogas, violaci\u00f3n, trata y tr\u00e1fico de personas, no se justifica el indulto presidencial.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs decir en determinados delitos, no procede el indulto, aunque en otro s\u00ed, entonces esas son las cosas que hay que regular a los fines de que se pueda proteger o preservar la imagen del presidente\u201d, acot\u00f3 el vicepresidente ejecutivo de la Finjus.<\/p>\n\n\n\n<p>Empero, reconoci\u00f3 que en el pasado se dieron situaciones escandalosas concediendo los indultos, pero que valdr\u00eda la pena volver a implementar un mecanismo que es la propia constituci\u00f3n que lo establece.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">piden aprobar la ley de indulto<\/h3>\n\n\n\n<p>De su lado, el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, hizo un llamado para que se apruebe en el pa\u00eds una ley de indultos que permita evaluar y dar salida a muchos casos de privados de libertad que guardan prisi\u00f3n con enfermedades terminales y propias del hacinamiento existente en c\u00e1rceles dominicanas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostuvo que en un estudio realizado por la instituci\u00f3n que dirige, ha determinado que existen cerca de 22,000 internos en los centros de privaci\u00f3n de libertad.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHay una realidad lacerante y es que existe una sobrepoblaci\u00f3n en las c\u00e1rceles sin una medida inmediata para solucionar el problema, por lo que es propicia una ley de indultos que nos permita analizar cada caso para conseguir descongestionar los centros carcelarios\u201d, precis\u00f3 Ulloa.<\/p>\n\n\n\n<p>Manifest\u00f3 que en ese rengl\u00f3n existen casos emblem\u00e1ticos y que pudieran mencionar a modo de ejemplo, mediante los datos que el Defensor del Pueblo ha recopilado hasta el momento, concentr\u00e1ndose en la categor\u00eda de centros de privaci\u00f3n de libertad (CPL)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsta realidad debe movernos a la acci\u00f3n, porque son numerosos los casos de personas afectadas por males como el VIH, enfermedades mentales, tuberculosis, entre otras\u201d, se\u00f1al\u00f3 Pablo Ulloa.<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo que la instituci\u00f3n tiene una serie de observaciones y propuestas de mejora para la Ley 113-21 del a\u00f1o 2021 sobre el R\u00e9gimen Penitenciario, con los fines de fortalecer la perspectiva de los derechos humanos en la creaci\u00f3n de pol\u00edticas y la adopci\u00f3n de medidas en el sistema penitenciario y correccional\u201d, prosigui\u00f3 Ulloa.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTenemos mucho que promover, mucho que hacer y mucho que fiscalizar en el Sistema Nacional Penitenciario, y el Defensor del Pueblo seguir\u00e1 trabajando para contribuir con las autoridades y actores involucrados para salvaguardar los derechos fundamentales en los centros de privaci\u00f3n de libertad del pa\u00eds\u201d, puntualiz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Una comisi\u00f3n de indutlos<\/h3>\n\n\n\n<p>Mientras que el director de la Direcci\u00f3n Nacional de Defensa P\u00fablica, Rodolfo Valent\u00edn Santos consider\u00f3 que lo importante para otorgar indultos humanitarios es que s\u00f3lo sean para personas que realmente los necesiten, evitando coyuntura pol\u00edtica y delitos muy graves.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostiene que se debe tomar en cuenta personas que tengan alguna enfermedad terminal que sea comprobable por una junta del Ministerio de Salud P\u00fablica, para que sean indultados por el presidente Luis Abinader, de conformidad con la constituci\u00f3n dominicana, ya que es una gracia que concede el ejecutivo a personas privadas de libertad o parcialmente cumpliendo una condena.<\/p>\n\n\n\n<p>Indic\u00f3 Valent\u00edn Santos que hay una cantidad considerable de enfermos que los hechos no han sido muy graves y que han mostrado un comportamiento ejemplar en su encarcelamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Plante\u00f3 que mientras se crea la ley, el presidente de la Rep\u00fablica, puede por decreto crear una comisi\u00f3n de solvencia moral para recomendar personas con la posibilidad de ser insultado.<\/p>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que no obstante a dicho listado, podr\u00e1 el ejecutivo, excluir los que entiendan no podr\u00e1n ser indultado para la fecha prevista, y que esta exclusi\u00f3n no tenga ninguna consecuencia legal, sobre la base de la facultad potestativa del ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que los indultos humanitarios, disminuye el hacinamiento carcelario, adem\u00e1s, le dar\u00eda la oportunidad a muchas personas enfermas de descansar en paz, cuando les toque dejar dignamente esta tierra.<\/p>\n\n\n\n<p>Destac\u00f3 que el Juez de Ejecuci\u00f3n de la Pena, figura que existe en otro sistema de justicia, pero no sustituye la facultad del ejecutivo en otorgar esa gracia en fechas conmemorables, sino, no fuera necesario haber mantenido dicha facultad en la importante reforma constitucional del presente a\u00f1o 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que Alejandro Vargas destac\u00f3 que el ejercicio de la prerrogativa constitucional que asiste al presidente de otorgar indultos en ocasiones puede generar inconformidad social si no se act\u00faa dentro del \u00e1mbito de la mesura, de ello no escapa ni la Rep\u00fablica Dominicana, ni ninguna otra naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, sostiene que esto no puede traducirse en \u00f3bice limitante del uso de esta importante facultad que la Constituci\u00f3n otorga al presidente, lo que se requiere es que se articulen los mecanismos necesarios para que la cordura opere en cada caso ponderable.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostuvo que el indulto es la facultad presidencial de conmutaci\u00f3n de las penas y que su ejercicio implica la extinci\u00f3n de la pena como de sus efectos, aunque no se trata de \u201cborrar\u201d la infracci\u00f3n penal sino solo de aniquilar sus efectos en cuanto a la extinci\u00f3n total o parcial de la pena -pero no en cuanto a las indemnizaciones que se hubieren dispuesto.<\/p>\n\n\n\n<p>Indic\u00f3 que esta se asemeja a una especie de conmiseraci\u00f3n estatal frente aquel que ha recibido una condena irrevocable y padece los rigores del castigo penal como respuesta a su conducta il\u00edcita; es una instituci\u00f3n constitucional que opera al amparo de ciertas previsiones legales.<\/p>\n\n\n\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que no obstante, el presidente de la Rep\u00fablica gozar de esa facultad constitucional su uso ha estado tan relegado en los \u00faltimos a\u00f1os que sus efectos parecen difuminarse en el tiempo, dando la equivocada impresi\u00f3n de que ha desaparecido.<\/p>\n\n\n\n<p>En la actualidad la atribuci\u00f3n presidencial del indulto est\u00e1 dispuesta por el art\u00edculo 128 literal j) de la Constituci\u00f3n, su ejercicio est\u00e1 autorizado s\u00f3lo para los d\u00edas 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada a\u00f1o, y se har\u00e1 de conformidad con la ley y las convenciones internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>El primer caso de indulto fue concedido bajo estos t\u00e9rminos en la constituci\u00f3n de 1868. En efecto, el decreto n\u00fam. 1158, del presidente Buenaventura B\u00e1ez, del 27 de septiembre de 1869 concedi\u00f3 indulto al ciudadano estadounidense Robert Hurthon, a solicitud de \u201cindividuos de elevada posici\u00f3n cerca del gobierno de Washington\u201d, declarado culpable de homicidio simple en perjuicio de un compatriota, hecho ocurrido a bordo de una embarcaci\u00f3n norteamericana surta en puerto dominicano.<\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Judicial present\u00f3 el denominado \u201cPlan de Inclusi\u00f3n de Personas Privadas de Libertad\u201d con el objetivo de \u201cfacilitar la libertad en el menor tiempo posible de las personas que hayan cumplido la condena establecida\u201d y que, asimismo, \u201csocializaron sobre la necesidad de humanizar los centros penitenciarios\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En diciembre de 2020, hubo un intento legislativo de regular el indulto presidencial, el cual no se aplica desde el 2012 y que carece de una normativa jur\u00eddica. Ante la falta de una Ley, los ordenaba el presidente de la Rep\u00fablica mediante decreto.<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n de Justicia de la C\u00e1mara de Diputados est\u00e1 apoderada del proyecto de Ley de Indultos y lo socializa con sectores, en procura de regular el procedimiento para reanudar el perd\u00f3n que libere a ciudadanos condenados, por buen comportamiento, pr\u00e1ctica que en el pasado termin\u00f3 en corrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde hace a\u00f1os, legisladores han intentado que Rep\u00fablica Dominicana retome la figura del indulto, para que el Poder Ejecutivo otorgue amnist\u00eda a personas sentenciadas y que hayan cumplido parte de su pena, en los d\u00edas 16 de agosto, 27 de febrero y 23 de diciembre, previo a la festividad de Navidad.<\/p>\n\n\n\n<p>En \u00e9pocas pasadas, era com\u00fan que para estas fechas se estuviera hablando de indultos. Y es que de acuerdo a la Constituci\u00f3n dominicana, los d\u00edas 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada a\u00f1o, el presidente de la Rep\u00fablica puede concederlos.<\/p>\n\n\n\n<p>Dicho privilegio no est\u00e1 sujeto a ning\u00fan condicionamiento particular respecto del tiempo de la pena que haya cumplido el condenado ni la infracci\u00f3n cometida.<\/p>\n\n\n\n<p>El indulto est\u00e1 consignado en el art\u00edculo 128, numeral 1, literal j, de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, que faculta al mandatario a: \u201cConceder indultos los d\u00edas 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada a\u00f1o, de conformidad con la ley y las convenciones internacionales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El \u00faltimo indulto se realiz\u00f3 en febrero de 2012, durante la presidencia de Leonel Fern\u00e1ndez donde se perdon\u00f3 a seis internos con enfermedades terminales, luego de una recomendaci\u00f3n de una comisi\u00f3n de indultos que estudi\u00f3 los expedientes de 96 reos.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los beneficiarios de la disposici\u00f3n presidencial establecida en el decreto 65-12, fueron favorecidos Juan Vald\u00e9s Jerez, Yerar Dios Evangelista Contreras, Salvador Plasencia Hern\u00e1ndez, Francisco Salazar Hern\u00e1ndez, Bienvenido Leyba Vargas y Daniel Celedonio Marcelo, todos con enfermedades terminales, seg\u00fan evalu\u00f3 la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">miriam brito mart\u00ednez<\/h3>\n\n\n\n<p>En 2007, el \u00fanico indulto de Fern\u00e1ndez fue a Miriam Brito Mart\u00ednez, quien cumpl\u00eda una condena de 20 a\u00f1os por el asesinato de su esposo, el empresario arenero Jos\u00e9 Castro. El caso de Brito Mart\u00ednez concit\u00f3 el apoyo de organizaciones por los derechos de las mujeres, ya que la reclusa hab\u00eda sufrido violencia de g\u00e9nero durante muchos a\u00f1os por parte del arenero.<\/p>\n\n\n\n<p>Los indultos siempre generaron reacciones, m\u00e1s malas que buenas, como ocurri\u00f3 cuando el ex presidente Fern\u00e1ndez emiti\u00f3 el decreto 847-2008, indultando a la ex funcionaria del quebrado Banco Intercontinental \u2013Baninter-, Vivian Lubrano de Castillo, as\u00ed como a Pedro Franco Bad\u00eda, Antonio Marte, Milc\u00edades Amaro Guzm\u00e1n y Gervasio de la Rosa, condenados por el fraude a trav\u00e9s del Plan de Renove.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, en diciembre de 2009, cuando el entonces presidente Leonel Fern\u00e1ndez indult\u00f3 a las francesas Sarah Zaknoun y C\u00e9line Faye, de 19 y 20 a\u00f1os, respectivamente, adem\u00e1s de dos dominicanos y un estadounidense, condenados por tr\u00e1fico de drogas.<\/p>\n\n\n\n<p>En diciembre de 2000, el ex presidente Hip\u00f3lito Mej\u00eda, luego de meses de su toma de posesi\u00f3n,&nbsp; decret\u00f3, autom\u00e1ticamente, el mismo a\u00f1o, 100 indultos,&nbsp; una acci\u00f3n que continu\u00f3 durante los 3 primeros a\u00f1os de su administraci\u00f3n 2000-2004.<\/p>\n\n\n\n<p>En la gesti\u00f3n de Mej\u00eda se registraron esc\u00e1ndalos en los indultos masivos, debido a que eran incluidas personas que no califican para esa gracia y en otros casos eran reincidentes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para los que han mostrado un comportamiento ejemplar durante su tiempo en prisi\u00f3n Ram\u00f3n Cruz<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":11315,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-11314","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11314","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11314"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11314\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":11316,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11314\/revisions\/11316"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/11315"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11314"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11314"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/samantharadionline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=11314"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}