Vamos a desglosar el artículo “La profanación del Himno Nacional es un cruce de línea roja infranqueable”.

Vamos a desglosar el artículo  “La profanación del Himno Nacional es un cruce de línea roja infranqueable”.
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Por Alan Vargas, Samantha Radio Online, Santo Domingo, R.D.

Resumen del artículo

  • Contexto del incidente: Un colectivo LGBT+ presentó una versión modificada del Himno Nacional Dominicano, renombrándola como “Himno Nacional Lésbico Dominicano”.
  • Postura del autor: El artículo condena esta acción como una violación grave a los símbolos patrios, no como un ataque a la comunidad LGBT+.
  • Fundamento legal:
    • Constitución Dominicana, Art. 33: Establece que el himno es “único e invariable”.
    • Ley 210-19 sobre Símbolos Patrios: Penaliza el cambio de letra o tiempo musical del himno (Art. 39).
    • Sanciones legales: Artículos 45 y 47 permiten al Ministerio Público actuar de oficio y aplicar multas o prisión.
  • Mensaje central: La libertad de expresión tiene límites cuando se atenta contra los pilares de la identidad nacional.

Exegesis

1. Tensión entre libertad de expresión y protección de símbolos patrios

  • El artículo plantea que modificar el himno no es una forma válida de protesta, sino una transgresión legal.
  • Sin embargo, algunos podrían argumentar que los símbolos también evolucionan con la sociedad, y que este tipo de intervención busca visibilizar una comunidad históricamente marginada.

2. ¿Es una profanación o una reinterpretación?

  • El término “profanación” carga un juicio moral fuerte. ¿Podría considerarse una reinterpretación artística, aunque polémica?
  • En otros países, versiones alternativas de himnos han sido usadas como expresión política sin consecuencias legales.

3. El rol del Estado

  • El artículo exige una respuesta legal contundente. Esto plantea preguntas sobre el equilibrio entre castigo y diálogo.
  • ¿Debe el Estado priorizar la sanción o abrir espacios para el debate sobre identidad y representación?

Opinión editorial de Samantha Radio Online

¿Profanación o expresión? El Himno Nacional en el cruce de la identidad y la inclusión

La reciente controversia sobre la modificación del Himno Nacional por parte de un colectivo LGBT+ ha encendido un debate que va más allá de lo legal: toca el alma de lo que significa ser dominicano. El artículo publicado en Listín Diario sostiene que esta acción constituye una “profanación” y una violación a la Constitución y la Ley 210-19 sobre símbolos patrios. Pero ¿es posible que esta transgresión también sea una forma de expresión legítima?

La Constitución, en su artículo 33, establece que el Himno Nacional es “único e invariable”. La Ley 210-19 refuerza esta idea, penalizando cualquier alteración de su letra o música. Desde el punto de vista jurídico, no hay ambigüedad: la acción del colectivo LGBT+ es sancionable. Sin embargo, la ley no existe en el vacío. Vive en una sociedad que evoluciona, que lucha por visibilizar a quienes históricamente han sido silenciados.

Modificar el himno no es simplemente un acto de rebeldía. Es una forma de decir: “También somos parte de esta nación”. ¿Es provocador? Sí. ¿Es legalmente cuestionable? También. Pero ¿es completamente ilegítimo? Ahí es donde el debate se vuelve más complejo.

Los símbolos patrios deben ser respetados, pero también deben dialogar con la realidad social. Si el himno representa a todos los dominicanos, ¿por qué no puede ser reinterpretado —aunque sea simbólicamente— por quienes buscan inclusión?

La respuesta del Estado debe ser firme, pero no sorda. Sancionar sin escuchar es perder una oportunidad histórica de construir una nación más plural. La línea roja que se ha cruzado no solo es legal, sino emocional. Pero en lugar de levantar muros, podríamos construir puentes e incluir a aquellos que por alguna razón no se encuentran representados por lo que somos y tenemos.

samantharadio

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